En San Martiño
de Bueu el día catorce del mes de octubre de 1845 se celebró un acto ante el
alcalde D. Manuel Guimeráns, por una parte, el demandante, Joaquín Suarez, cura
párroco de Ermelo y, como demandado, su feligrés José Martínez. Los motivos de
la demanda: No completar los funerales prescritos, “según su clase”, así como que también le fal
taban por aplicarle las
misas acostumbradas “por el bien del”
alma de su suegra que había vivido en su casa y había fallecido hacía seis
meses. José Martínez se negaba a pagar el importe de tales actos.
El cura le pedía
al alcalde que le impusiera pagar la cuantía de quinientos cincuenta reales, importe
de las misas y derechos, ya que estaba “obligado
en conciencia”.
José Martínez se
defiende diciendo de ya que su suegra murió sin “disposición alguna testamentaria” sólo se obliga a pagar 120 reales
que se corresponderían con el importe de sesenta misas.
Como resolución
del Alcalde, y tras el dictamen de los “hombres
buenos” de ambas partes en litigio, se “providencia” que el demandado pague
antes de seis días el “total del importe
de los derechos funerarios, segundo esté en costumbre en su parroquia, y de las
misas que deben aplicarse por el bien del alma de su difunta suegra igual en
esta a la que se había ejecutado con la del marido de la misma...”
Parece ser que
el demandado siguió en las suyas... Desconocemos si al final la suegra, el cura y el feligrés díscolo
descansaron ”en paz”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario