sábado, 20 de mayo de 2017

A causa de las generalizadas denuncias por la falta de peso en el pan, el Ayuntamiento de Bueu decide tomar partido e insta al alcalde a que lo resuelva.
El alcalde, José Rodríguez, ese mismo día emite una Providencia proponiendo a los panaderos que adquieran un sello para poner en el pan el peso en gramos:
Providencia
Visto lo acordado por el Ayuntamiento Sesión de hoy, convóquese a esta Consistorial para las cuatro de la tarde á los panaderos de este Municipio y hágaseles entender que adquieran un sello para gravar en el pan que elaboren y en el que consignen los gramos que pesa cada pieza. Así lo acordó el Sr. Alcalde Don José Rodríguez Estévez en la Consistorial de Bueu á treinta de junio de mil novecientos dos de que yo Secret certifico
José Rodríguez


A continuación el Secretario convoca a los panaderos de Bueu para informarles de la Providencia tras lo cual firmó la siguiente Notificación:
Notificación
       En la Consistorial de Bueu á treinta de junio de mil novecientos dos, yo el infrascripto Secretario teniendo ante mi a los Srs Don Lorenzo Barreiro Dobarro, José Fernández sin segundo y Manuel Romero sin segundo vecinos los tres de esta villa panaderos con hornos de cocer pan; les leí íntegramente la providencia anterior; quedaron enterados y en prueba de ello firman..."  

Cabe pensar que algún efecto tuvo esta medida, polo menos en un primer momento, ya que en realidad no hay ninguna constancia documentada.

jueves, 11 de mayo de 2017

Voy a aprovechar la respuesta a una encuesta solicitada por el Director General de Arquitectura del Madrid a la alcaldía para conocer muchas de las situaciones por las que pasaban los obreros de la construcción en la postguerra (1941) en el ayuntamiento de Bueu.
Aunque las respuestas son genéricas y a veces no se ajustan correctamente a las preguntas da un panorama de gran precariedad en este sector en el que “no hay paro obrero”. ¿Cómo sería en otros sectores?

1.     Censo de obreros de la construcción en 1º de enero de 1941. Alrededor de 310.
2.    Porcentaje del paro obrero. No existe en esta rama de trabajo.
3.    Rendimiento comparativo del obrero en 1920, 1930 y 1940. Igual.
4.    Jornales de Oficial, Ayudante y Peón. 13, 11 y 9 pesetas.
5.    Jornal necesario para cubrir las necesidades mínimas de cada categoría de obrero. 25, 20 y 15 pts. respectivamente.
6.    Condiciones de la vivienda obrera. Del total de ellas, un 2% corresponde a casas tugurios, equivalente al 3% respecto a casas modestas.
7.     Renta media de la vivienda para el propietario y límites de alquiler para el obrero. Como renta podrá obtenerse el 4% y el alquiler oscila entre 15 y 50 pts. mensuales.
8.    Gasto mensual del obrero en vestuario y calzado. 50 pts. para lo más imprescindible.
9.    Gasto mensual del obrero en alimentación. 200 pts.
10. Otros gastos. 40 pts. mensuales.
11.  Gasto total mensual resultante y si hay diferencia entre ingresos incluyendo subsidio. Son compensados comiendo y vistiendo mal.
12. Promedio, tomando como tipo el obrero casado y con 3 hijos menores. Gasto mínimo mensual: alimentación 400 pts; vestido y calzado 50; vivienda 25; otros gastos 25.

Bueu 31 – 3 - 1941


lunes, 1 de mayo de 2017

El 30 de abril de 1932 el gobernador civil de la provincia envía un telegrama a los alcaldes, al de Bueu también, por el que le pone en conocimiento que non se autoricen manifestaciones ni mítines al aire libre con la excusa de evitar enfrentamientos entre las distintas organizaciones obreras.
Telegrama del gobernador:
“En previsión desordenes públicos o encuentros entre elementos obreros distintas tendencias particípole no debe autorizar manifestaciones ni mítines al aire libre el 1º de mayo pudiéndose autorizar otros actos proyéctense en locales cerrados, excursiones o giras al campo adoptando, caso necesario, las debidas medidas de precaución y dándome cuenta oportunamente,
Gobernador Civil”
El alcalde respondió con el siguiente Decreto:
“Recibido el precedente telegrama del Gobierno Civil de la provincia, notifíquese de su contenido a los presidentes de las Sociedades obreras de este término, para que se abstengan de salir en el día de mañana con motivo de la fiesta del Trabajo, 1º de Mayo, en manifestación por la vía pública, autorizándose en cambio reuniones en locales cerrados y excursiones o giras al campo dentro del mayor orden y compostura. La infracción que se observe será enérgicamente reprimida.
Bueu 30 de abril de 1932
Firmado : Jesús Prieto
 Este Decreto ha sido notificado en las distintas Sociedades por el guardia municipal Manuel Palmeiro:
En la Sociedad de Agricultores a Francisco Pérez
En la Sociedad de Oficios Varios, a su secretario, Manuel Loira
En la Sociedad de Marineros, a su secretario, Manuel Agulla
En la Sociedad de Canteros, a su presidente, José de la Torre