martes, 1 de diciembre de 2020

En el imaginario de muchos está que la industria de la salga ha sido durante años una industria floreciente en la que el trabajo no faltaba, tanto en los trabajos en las factorías en tierra como en las faenas de la mar. La idealización de este tipo de actividad viene dada por la gran cantidad de gente que empleaba directa e indirectamente, por las salazones y otras construcciones de tipo suntuario y, sobre todo, por el estilo de vida o status social de sus propietarios.

A Roiba-1920

La realidad fue más diversa, y hubo de todo en todas las épocas donde era habitual esta actividad (s. XVIII al XX). La dependencia de la presencia o non del pescado, fundamentalmente sardina, en nuestra costa; la libertad de movimiento en el transporte marítimo, dificultado por las guerras o por la actividad corsaria, o por la irrupción de nuevas técnicas de conservación de los productos que harán más visibles estos altibajos.

Por mencionar dificultades en el mundo de la salga en Bueu pondré, como muestra, tres ejemplos:

-          Juan Domenech, para hacer frente a los gastos ocasionados por la fábrica de salga que poseía en el Puerto de Figueirón (Beluso) tiene que pedir un crédito hipotecario de 7.500 pesetas a la Sociedad “Salvador Massó e Hijos”. Al no poder devolverlo se queda sin la fábrica de la salazón, año de 1888.

-          Tomás y Narciso Galup, con varias salazones en Bueu y Beluso contraen un préstamo hipotecario sobre el almacén de la Playa de Bueu (Pescadoira) ante Ramón de Castro y Josefa Patiño de la parroquia de Alba. Al no poder redimirlo quedaron sin él, año de 1845. En 1850 pasaría, por venta de los Castro Patiño, a manos de Francisco Tapias.

EscribánBenito de Aris

-          Pedro Pastoriza, constructor de la Roiba, ya comenzara con mal pie la obra de esta fábrica de salazón pues había sido denunciado (1811) al considerar los vecinos que edificara parte de la misma en monte comunal. Para sobrevivir, a consecuencia de las pérdidas, a partir de 1814 tiene que alquilarla. Pero en 1817 sus empleados de tierra (sobre todo mujeres en la salazón) y de mar (marineros de las lanchas de la jábega) pleitean en el Juzgado Ordinario de Cangas para reclamarle los jornales que les deben. Anulado ese Juzgado tenemos, en los Juzgados de Pontevedra, a los trabajadores en el año 1821 aún con las mismas reclamaciones de sus salarios de 1817. ¿De cobrar, lo cobrarían los abogados y jueces?  En el Poder que los trabajadores le dan a unos procuradores para que los representen en el juzgado les aclaran que de ganar el juicio, cobrarían 1/3 de lo reclamado, y en el supuesto de perderlo, nada.