miércoles, 1 de julio de 2020

Un hecho puntual relacionado con la investigación de la salga me pone en contacto con un nombre que hasta hace poco desconocía: Francisco González Garay, alcalde de Marín en 1869 y desde 1883-1885. Y resulta que me entero de que era o abuelo materno de mi abuela materna. Hasta aquí case todo quedaría en el anecdotario personal de no ser que poco más de un año después decido buscar si encontraba alguna información de ese tatarabuelo y lo primero que veo es un Bando promulgado por él prohibiendo, entre otros, el pago de ofrendas y oblatas a los curas. ¡Y era el año 1869! Me ha sorprendido mucho que desde un ayuntamiento se legislase, y con tanta claridad, en ese sentido.

Se me encendieron las luces y recordé una noticia de Bueu sobre el mismo tema que tenía escondida por algún lado y que iba poner en una Entrada cuando marcharon las monjas de Santa Clara, grandes receptoras de ovos por parte de feligreses de las comarcas del entorno pontevedrés, pero que nunca ha llegado a ver la luz en este blog y que ahora aprovecho para transcribir: “¿Dónde está la conciencia de los que la claman? – Aunque no somos partidarios de meternos donde no nos llaman, no podemos tolerar hechos que están pasando y que seguirán ocurriendo, si no se trata de obstaculizar ciertos abusos cometidos en varias parroquias, donde la ignorancia de unos y el absurdo temor de otros, son los principales factores que se aprovechan para obtener pingües beneficios.
En la parroquia de Cela -citamos esta porque en Bueu y Beluso ya va derrocada la abusiva costumbre- siguen el bochornoso hábito de llevar al párroco una docena de huevos por matrimonio y media docena los viudos.
Este tributo es imprescindible para quedar anotado en el libro como “buen católico” y para luego, si necesitan apadrinar alguna criatura, no ser rechazados por “herejes”, o en caso de muerte, ser sepultados en el cementerio católico.
Vemos familias que, a pesar de carecer de medios económicos para llevar el indispensable pan a sus hijos, acuden -sino los tienen se los piden a los vecinos- con su docena. ¡Y por si fueran pocos los gravámenes de otros órdenes que soportamos!...
Saben que hay tantas necesidades y miserias, y sin embargo reciben las limosnas de los desgraciados.
Y ahora un pequeño cálculo. Supongamos que en la citada parroquia hay 500 matrimonios. (Hay muchos más -no contamos viudos-; pero que sean esos los que “contribuyen”). Quinientas docenas de huevos a dos pesetas, como actualmente se cotizan, (si no llevan estos se abona el importe en metálico), hacen mil pesetas. ¡Y pensar que hay tantas calamidades a que atender sin que nadie se interese por ellas!
¿Por qué razón ha de cobrar un señor sin trabajo alguno, mil y pico de pesetas, habiendo tantas familias muriéndose de miseria y de quienes ni unos ni otros se preocupan para vergüenza de todos? ¿Por qué no damos al vecino más necesitado lo que regalamos a gente que le hace menos falta? ¿Dónde está la conciencia y amor al prójimo?
Piensen los labriegos. Claven la vista en los hogares de sus hermanos los desheredados y luego obren según les dicten sus sentimientos. No les pido más.”  
El pueblo gallego 22-2-1930 páxina 8
  ¡Cierto! Este dato es de 1930 pero esa “costumbre” ha durado en algunas parroquias del Morrazo hasta no hace tantos años.
Hay quien dice, y con razón, que es un acto “voluntario”. ¿Y si no cumples con esa “voluntariedad”? Algo se ha dicho al respecto en el artículo transcrito. Pero todo dependía de la actitud de cada párroco. Hasta podía dirimirse judicialmente. Así se hizo en las dos sentencias que tengo a mano, de las que pondré una nota de los “Considerando”, “Resultando” y “Fallo”.
El primer ejemplo de un juicio es de Sta. María de Oza (1906) donde el cura había denunciado a unos feligreses por no pagar reiteradamente los ferrados de trigo y maíz, huevos, ... de la oblata. El juez, entre otras muchas alusiones justifica la obligatoriedad de las ofrendas en base a una gran cantidad de disposiciones legales, de concilios, etc. y como resultado condenados a pagar... 




Otro sería el juicio contra el cura demandado por sus feligreses, por obligarlos al pago de las ofrendas y que se ha celebrado en A Coruña (1915), Teniendo un Fallos semejante al anterior.






Alguien podría pensar que era “voluntario” ... cuando se pagaba, pero “obligatorio” cuando no se satisfacía.

Nota: Si se quieren leer las sentencias completas, pues dan una idea clara de los argumentos de las partes y de la autoridad judicial, pulsar en los siguientes enlaces: Sta. María de Oza (1906) en el Boletín Oficial del Arzobispado o el de A Coruña (1915) en el periódico El Correo de Galicia del 7-8-1915 pág. 1-2